abril 30, 2026
IES Bernardo de Balbuena

SEGURO ESCOLAR

¡Hola! 👋 ¿Sabías que por ser estudiante tienes una red de protección? Queremos que estés tranquilo mientras te centras en lo importante: tus estudios. Aquí te explicamos, de forma clara, qué es y cómo te ayuda el Seguro Escolar.

🧐 ¿Qué es exactamente?

Es un Seguro que protege a los estudiantes, menores de 28 años, que cursen estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), hasta el final del 3er ciclo universitario, mediante prestaciones sanitarias y económicas, en caso de enfermedad, accidente escolar e infortunio familiar.


🏥 ¿Qué te cubre? (Prestaciones)

El seguro está ahí para cuando las cosas se tuercen. Se divide en tres grandes bloques:

1. Accidente Escolar 🩹

Si tienes un percance estudiando, tienes derecho a:

  • Asistencia médica y farmacéutica.
  • Indemnizaciones económicas por incapacidad.
  • Gastos de sepelio.

2. Enfermedad 🤒

Incluye asistencia médica, asistencia farmacéutica y gastos de sepelio. Pero además, cubre procesos más complejos como:

  • Cirugía general, neuropsiquiatría, tocología, tuberculosis pulmonar y ósea.
  • Dato importante: En determinados casos se pueden otorgar prestaciones de fisioterapia, radioterapia, cobaltoterapia.

3. Infortunio familiar 🏠

Para situaciones difíciles en casa, ofrece una prestación económica por:

  • Fallecimiento del cabeza de familia o ruina familiar.

👤 ¿Quién recibe la ayuda?

El beneficiario de las prestaciones del Seguro Escolar es el estudiante, excepto en las indemnizaciones por fallecimiento por accidente o enfermedad en que serán los familiares.


📋 ¿Qué necesitas para estar cubierto?

¡Toma nota! Para poder usarlo debes cumplir estos requisitos:

  • Edad y residencia: Tener menos de 28 años, ser español o extranjero con residencia legal en España.
  • Matrícula: Estar matriculado en los estudios comprendidos en el Seguro y haber abonado la cuota.
  • Antigüedad: Acreditar un año de Seguro.

💡 ¡Ojo a este dato! Este último requisito (el del año de antigüedad) no se exige para:

  • Prestaciones derivadas de accidente escolar.
  • Infortunio familiar y tocología.
  • Estudiantes que el año anterior hayan cursado 2º de ESO, educación especial o que hayan continuado sus estudios en el extranjero.

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